![]() |
Nª de
registro 06003254
Bda. Mª Auxiliadora, s/n
06800 MÉRIDA
|
Nuestro Blog
|
|
| |||
|
Normativa |
|
|
Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los Centros Docentes. Artículo 11. Competencias del Consejo Escolar del centro. 1. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones: Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo del centro, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente.
2. Las Administraciones educativas determinarán la periodicidad de las reuniones del Consejo Escolar, así como su régimen de convocatoria. 3. Las Administraciones educativas podrán establecer, con carácter excepcional, la exigencia de mayoría cualificada en la toma de determinadas decisiones de especial importancia para el funcionamiento del centro y que afecten al conjunto de la comunidad educativa. Elaborado por el Equipo Directivo del Centro |
Elecciones celebradas en
NOVIEMBRE 2011
Presidente D. FÉLIX BLANCO PANTOJA Representantes de la Titularidad Dª MCARMEN BARRAGAN PEÑATO Dª FRANCISCA DURAN HERNANDEZ Dª MLUISA MEZQUITA DELGADORepresentantes de los Profesores Dº MARGARITA GARCÍA PAREDES Dº MVICTORIA OLIVAS FERNANDEZ D. FRANCISCO M. GONZALEZ FERNNDEZ Dª Mª ELVIRA SANFÉLIX MORENORepresentantes de los padres y madres Dª EVA ALEGRÍA AMIGO Dª IGNACIA RAMOS FERNÁNDEZ Dª JUANA BARANCO GALEANO Dº MARIA LUISA GARCÍA SOTOSecretario D. ADELARDO LOZANO DURAN |